Consulta Jurídica
Buenos días, quería plantearles que ocurre o como decide el juez respecto a la atribución de la vivienda en una separación sin hijos menores. Mi marido y yo nos vamos a separar después de 5 años de matrimonio, y yo me encuentro en paro, con una mala situación económica. El piso es de el, aunque yo he aportado dinero, pues asumí las cuotas de la hipoteca durante año y medio que el estuvo sin trabajo.
Respuesta Abogado
En casos de separación o divorcio sin hijos menores, el criterio que determinará la atribución del uso de la vivienda será el interés del cónyuge más necesitado de protección, lo que implica valorar la situación de cada uno de ellos. Sin embargo, esta atribución será temporal, tal como lo establece el artículo 96.2 del Código Civil, que permite que el uso de la vivienda corresponda al cónyuge no titular por un tiempo prudencial siempre que, según las circunstancias, lo aconsejen y su interés sea el más necesitado de protección.
Si ninguno de los cónyuges presenta un interés digno de mayor protección que justifique el establecimiento de un uso exclusivo del domicilio conyugal, se puede optar por un uso alternativo de la vivienda o un uso compartido de la misma