En mi empresa tengo un problema con uno de los trabajadores, quien lleva más de 10 días sin acudir a su puesto de trabajo y no ha ofrecido ninguna justificación. Al intentar localizarlo, descubrimos que ya no reside en el domicilio que figura en nuestros registros y no ha proporcionado una nueva dirección. Tampoco responde a las llamadas telefónicas ni a los mensajes de WhatsApp.
Disponemos de su correo electrónico, pero no sabemos si este medio es válido para realizar una notificación oficial. Quiero saber si puedo enviarle un correo certificado para exigirle que justifique su ausencia en 24 horas o, en caso contrario, proceder a la extinción de su contrato laboral. También tengo dudas sobre cómo justificar el despido y si, al no localizarlo, se puede interpretar como una baja voluntaria por parte del trabajador.
Finalmente, me gustaría saber cuáles son los medios más adecuados para comunicarme con el empleado en esta situación y proceder conforme a la ley.
Respuesta del abogado: Como notificar el despido a un empleado ilocalizable
En este caso, como empresario, tienes la obligación de notificar al trabajador cualquier circunstancia que afecte su relación laboral, como sanciones o despidos. Para ello, debes agotar todos los medios a tu disposición para asegurar que la comunicación sea efectiva. Es importante que sepas que no basta con enviar una notificación al domicilio conocido; necesitas demostrar que has hecho un esfuerzo razonable para localizarlo. Sin embargo, si tras agotar todas las vías posibles el trabajador no puede ser localizado, se entiende que has cumplido con tu obligación de comunicación.
En tu situación, al tratarse de un trabajador que ha estado ausente sin justificar durante más de 10 días naturales, puedes proceder a cursar su baja laboral. Lo más conveniente es considerar esta situación como una dimisión tácita del trabajador, ya que su comportamiento demuestra una falta de interés en mantener la relación laboral.
Para protegerte legalmente, te recomiendo que uses métodos de notificación que ofrezcan garantías legales, como el burofax con acuse de recibo, el telegrama o incluso la notificación notarial. Estos medios son los más reconocidos por los tribunales para garantizar que la comunicación llegue al trabajador. En cambio, los correos electrónicos o mensajes de WhatsApp no se consideran fehacientes, ya que no aseguran la recepción efectiva del mensaje.
Además, si en tu empresa existe una Representación Legal de los Trabajadores (RLT), sería aconsejable enviarles una comunicación escrita explicando la situación y solicitando, si es posible, información sobre el paradero del trabajador. Si no cuentas con RLT y tu empresa tiene pocos empleados, puedes colocar un aviso en el tablón de anuncios interno, dejando constancia de esta acción. Para mayor seguridad, pide que algún trabajador firme el escrito para certificar su publicación.
En resumen, si tras utilizar todos los medios razonables no logras localizar al empleado, puedes dar por cumplida tu obligación de notificación y proceder con su baja laboral. Considera el caso como una dimisión implícita y deja constancia de todos los intentos realizados para notificarlo. Esto te ayudará a evitar cualquier posible reclamación futura.