El accidente in itinere ocurre en el camino de ida o de vuelta entre el domicilio del trabajador y su centro de trabajo
¿Que es un accidente in itinere?
Por su relevancia cuantitativa y cualitativa el accidente in itinere ha ocupado un papel estelar en sede judicial. A la importante litigiosidad que lo acompaña contribuye la escueta descripción normativa que lo identifica como aquél que sufre el trabajador al ir o al volver del trabajo, quedando fuera, en cualquier caso de la presunción de laboralidad que se establece para el accidente que ocurre en tiempo y lugar de trabajo.
El accidente in itinere no se configura como una modalidad autónoma de accidente laboral pero sí aparece como consecuencia de la formulación abierta que se otorgó al accidente de trabajo.
Debido a lo parco de su regulación normativa, hay que acudir a la jurisprudencia para una visión más amplia de este concepto. En este sentido, nuestros jueces han venido atendiendo a unos «criterios de normalidad», verificados en el desplazamiento que conecta el lugar de trabajo y el domicilio del trabajador.
En este orden han sido cuatro los elementos configuradores de los requisitos constitutivos de esta figura jurídica:
- En primer lugar, el elemento teleológico, identificando que la finalidad directa y principal del desplazamiento ha de ser dirigirse al trabajo o volver de él.
- El segundo elemento es el cronológico, imponiendo una limitación horaria razonable en el desarrollo del desplazamiento de ida hacia el trabajo o vuelta desde el mismo.
- El tercer elemento es el geográfico o de idoneidad de trayecto, identificando aquel que describa criterios de normalidad en el desplazamiento o encuentre una justificación de racionalidad.
- El último elemento describe la «idoneidad de medios«, a tenor del cual el desplazamiento se ha de llevar a cabo a través de un medio normalizado de transporte que no incremente el riesgo y que no esté –con un criterio razonable- prohibido por la empresa.
El trabajador tiene la carga de la prueba
Se ha de tener en cuenta que, en tanto que no se aplica la presunción de laboralidad, recae sobre el trabajador afectado la carga probatoria relativa a acreditar los elementos configuradores del accidente in itinere.
Esto es lógico, teniendo en cuenta que el poder de organización del empresario alcanza al desplazamiento que realiza el trabajador para incorporarse al centro de trabajo o volver al domicilio, por lo que escapa de su control.
También deberá demostrar que no ha existido culpa por su parte. Por ejemplo, no sería accidente in itinere si ha tenido un golpe con el coche duplicando la tasa de alcohol permitida.
Ejemplos de accidente in itinere
Si al ducharme antes de ir al trabajo me caigo en la ducha, no es accidente in itinere.
Si al salir de mi casa para ir al trabajo, me caigo por las escaleras, si es accidente in itinere.
En conclusión el trayecto tiene que haber comenzado, y se considerará como tal, en el preciso momento que ponga un pie fuera de mi vivienda para ir al trabajo.
Es importante tener en cuenta que todo lo anterior es aplicable incluso cuando se trate de una segunda vivienda o residencia vacacional. Es decir, no tiene porque ser un único domicilio el que se tome como referencia a los efectos de considerar el trayecto susceptible de accidente in itinere.