Convenio de distribuidoras de energía eléctrica de Córdoba

RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO

1
Ámbito de Aplicación y Duración

El presente Convenio Colectivo de distribuidoras de energía eléctrica de Córdoba afecta a todas las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba y a sus trabajadores a excepción de las que tengan Convenio propio. Obliga a la totalidad de los trabajadores tanto fijos como eventuales.

Su vigencia abarca los años 2023, 2024 y 2025. Concretamente desde el 1 de enero de 2023, hasta el día 31 de diciembre de 2025.

Prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.

2
Jornada y Descansos

La jornada de trabajo será de 1777 horas para 2023, 2024 y 2025, siendo la jornada semanal de 40 horas de lunes a viernes. Salvo particular en contrario, los distintos grupos profesionales distribuirán dicha jornada de conformidad con las facultades de organización de la dirección de la empresa y las características y exigencias públicas del servicio, informando previamente a los representantes de los trabajadores en la empresa.

3
Salario

TABLA SALARIAL AÑO 2023

GRUPOSALARIOS BASE DEL CONVENIO EUROS/MES
Peritos1.784,77 €
Jefe de Negociado Administrativo1.382,55 €
Subjefe de Negociado Administrativo1.382,55 €
Oficiales 1ª Administrativos1.233,81 €
Oficiales 2ª Administrativos1.233,81 €
Auxiliares Administrativos1.098,30 € Euros/Día
Montadores y Capataces Electricistas41,60 €
Oficiales 1ª Electricistas38,25 €
Oficiales 2ª Electricistas38,25 €
Oficiales 3ª Electricistas37,45 €
Peones Especializados
ANEXO 2 TABLA SALARIAL AÑO 2024
37,45 €
GRUPOSALARIOS BASE DEL CONVENIO EUROS/MES
Peritos1.838,31 €
Jefe de Negociado Administrativo1.424,02 €
Subjefe de Negociado Administrativo1.424,02 €
Oficiales 1ª Administrativos1.270,82 €
Oficiales 2ª Administrativos1.270,82 €
Auxiliares Administrativos1.131,24 € Euros/Día
Montadores y Capataces Electricistas42,84 €
Oficiales 1ª Electricistas39,39 €
Oficiales 2ª Electricistas39,39 €
Oficiales 3ª Electricistas38,57 €
Peones Especializados
ANEXO 3 TABLA SALARIAL AÑO 2025
38,57 €
GRUPOSALARIOS BASE DEL CONVENIO EUROS/MES
Peritos1.875,07 €
Jefe de Negociado Administrativo1.452,50 €
Subjefe de Negociado Administrativo1.452,50 €
Oficiales 1ª Administrativos1.296,23 €
Oficiales 2ª Administrativos1.296,23 €
Auxiliares Administrativos1.153,86 € Euros/Día
Montadores y Capataces Electricistas43,69 €
Oficiales 1ª Electricistas40,17 €
Oficiales 2ª Electricistas40,17 €
Oficiales 3ª Electricistas39,34 €
Peones Especializados39,34 €

4
Vacaciones

Se establece un período de vacaciones retribuidas de 31 días naturales o de 23 días laborables en el caso de no disfrutarlas de forma ininterrumpida. En ningún caso la duración de las vacaciones será inferior a 31 días naturales.

Se disfrutarán un mínimo de 10 días laborables con dos semanas continuas de vacaciones, comprendidas entre el 1 de julio y el 15 de septiembre.

5
Incapacidad temporal

Por las contingencias de IT derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional, la empresa pagará desde el primer día el 100% de las retribuciones reales.

En caso de IT derivada de accidente no laboral o enfermedad común la empresa complementará el porcentaje a pagar sobre la base de cotización del mes anterior a la baja hasta alcanzar desde el primer día de baja y hasta el día 20 el 75% de la base de cotización del mes anterior a la baja y a partir del día 21 el 87% de la citada base.

6
Teletrabajo y desconexión digital

Será de aplicación el Real Decreto-Ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.

En la empresa o empresas deberán articularse los medios necesarios para el adecuado ejercicio y respecto de los derechos establecidos en los artículos 87 a 91 de la LOPD y en la normativa que la desarrolla o sustituya. Se establece un plus de teletrabajo que consistirá en 26,12 € mensuales para 2023, 26,90 € para 2024 y 27,43 € para 2025.

7
Plus de festivos singulares

Se establece un plus de festivos singulares con un importe de 32,61 euros diarios en 2023, 33,58 € diarios en 2024 y 34,25 € diarios en 2025 para aquellos trabajadores, que por necesidades de la producción u organización, deban trabajar en los días señalados como “festivos singulares”, excepto aquellos trabajadores que hayan sido contratados para tal fin o aquellos que por razón de su turno/calendario normal en la empresa tienen que trabajar en esos días, sin estar de guardia.

Convenio colectivo de las empresas distribuidoras de energía eléctrica de la provincia de Córdoba. 2022-2024.

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