Convenio Limpieza de Edificios y Locales de Badajoz. 2021-2024

RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO

1
Ámbito de Aplicación y Duración

El presente Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de Badajoz rige todas las actividades comprendidas en el campo de aplicación para las empresas dedicadas a la limpieza de edificios y locales, en el ámbito territorial de la provincia de Badajoz. Su vigencia abarca 2021, 2022, 2023 y 2024, concretamente desde el día 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre del 2024.

Además prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.

2
Jornada y Descansos

La jornada de trabajo para los años 2021-2024 será de 1.685 horas de trabajo efectivo y 37 horas y 45 minutos semanales de trabajo efectivo, repartidas en los días hábiles.

Los días 24 y 31 de diciembre, la jornada habitual se reducirá en dos horas diarias al finalizar la misma.

En las ferias locales la jornada se reducirá en una hora diaria al finalizar la misma. En los casos en que se trabaje menos tiempo de la jornada legal establecida, la reducción del tiempo en todos los casos será proporcionalmente.

Los trabajadores/as que realicen su jornada de trabajo continuada a turnos, disfrutarán de quince (15) minutos de descanso en el transcurso de la misma, considerándose éste como tiempo efectivo de trabajo.

Se respetarán aquellas condiciones más beneficiosas, en materia de jornada laboral, que vengan disfrutando los trabajadores/as.

La jornada en esta actividad podrá realizarse en un periodo o dividida como máximo en tres periodos, siempre que exista como mínimo una hora de descanso entre uno y otro.

3
Salario

TABLA SALARIAL PARA EL AÑO 2021 A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2021



CATEGORIAS

Salario Base Mes
Extras,: Verano, Navidad BeneficiosPlusTransporte Interurbano J.P. *J.C.*Plus Convenio Lunes aViernesPlus Convenio Lunes a Sábados
Director1.206,031.206,032,84 1,434,783,99
Director Comercial1.129,321.129,322,84 1,434,783,99
Director Administrativo1.129,321.129,322,84 1,434,783,99
Jefe de Personal1.129,321.129,322,84 1,434,783,99
Jefe de Compras1.129,321.129,322,84 1,434,783,99
Jefe de Servicio1.129,321.129,322,84 1,434,783,99
Titulado Superior1.005,001.005,002,84 1,434,783,99
Titulado Grado Medio921,65921,652,84 1,434,783,99
Titulado Grado Laboral823,49823,492,84 1,434,783,99
Jefe Administrativo 1ª904,55904,552,84 1,434,783,99
Jefe Administrativo 2ª886,54886,542,84 1,434,783,99
Cajero864,32864,322,84 1,434,783,99
Oficial 1ª Admón.844,29844,292,84 1,434,783,99
Oficial 2ª Admón.804,07804,072,84 1,434,783,99
Auxiliar Admón.782,13782,132,84 1,434,783,99
Telefonista782,13782,132,84 1,434,783,99
Cobrador782,13782,132,84 1,434,783,99
Encargado General893,32893,322,84 1,434,783,99
Encargado de Zona852,74852,742,84 1,434,783,99
Encargado de Sector832,34832,342,84 1,434,783,99


CATEGORIAS

Salario Base Mes
Extras,: Verano, Navidad BeneficiosPlus Transporte Interurbano J.P. *J.C.*Plus Convenio Lunes a ViernesPlus Convenio Lunes a Sábados
Encargado de Edificio812,10812,102,84 1,434,783,99
Responsable de Equipo802,46802,462,84 1,434,783,99
Ordenanza789,95789,952,84 1,434,783,99
Almacenero789,95789,952,84 1,434,783,99
Listero789,95789,952,84 1,434,783,99
Vigilante789,95789,952,84 1,434,783,99
Especialista804,07804,072,84 1,434,783,99
Peón Especializado793,90793,902,84 1,434,783,99
Limpiador/a782,13782,132,84 1,434,783,99
Conductor Limpiador804,08804,082,84 1,434,783,99
Oficial de Oficios Varios804,08804,082,84 1,434,783,99
Ayudante795,86795,862,84 1,434,783,99
Peón782,13782,132,84 1,434,783,99
Trabajador de 16 a 18 años782,13782,132,84 1,434,783,99
Aprendiz Admón.782,13782,132,84 1,434,783,99
*J.P. (Jornada Partida) *J.C. (Jornada Completa)

TABLA SALARIAL PARA EL AÑO 2022 A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2022



CATEGORIAS

Salario Base Mes
Extras,: Verano, Navidad BeneficiosPlus Transporte Interurbano J.P. *J.C.*Plus Convenio Lunes a ViernesPlus Convenio Lunes a Sábados
Director1.224,121.224,122,88 1,454,854,05
Director Comercial1.146,261.146,262,88 1,454,854,05
Director Administrativo1.146,261.146,262,88 1,454,854,05
Jefe de Personal1.146,261.146,262,88 1,454,854,05
Jefe de Compras1.146,261.146,262,88 1,454,854,05
Jefe de Servicio1.146,261.146,262,88 1,454,854,05
Titulado Superior1.020,081.020,082,88 1,454,854,05
Titulado Grado Medio935,47935,472,88 1,454,854,05
Titulado Grado Laboral835,84835,842,88 1,454,854,05
Jefe Administrativo 1ª918,12918,122,88 1,454,854,05
Jefe Administrativo 2ª899,84899,842,88 1,454,854,05
Cajero877,29877,292,88 1,454,854,05
Oficial 1ª Admón.856,95856,952,88 1,454,854,05
Oficial 2ª Admón.816,13816,132,88 1,454,854,05
Auxiliar Admón.793,86793,862,88 1,454,854,05
Telefonista793,86793,862,88 1,454,854,05
Cobrador793,86793,862,88 1,454,854,05
Encargado General906,72906,722,88 1,454,854,05
Encargado de Zona865,53865,532,88 1,454,854,05
Encargado de Sector844,83844,832,88 1,454,854,05


CATEGORIAS

Salario Base Mes
Extras,: Verano, Navidad BeneficiosPlus Transporte Interurbano J.P. *J.C.*Plus Convenio Lunes a ViernesPlus Convenio Lunes a Sábados
Encargado de Edificio824,28824,282,88 1,454,854,05
Responsable de Equipo814,50814,502,88 1,454,854,05
Ordenanza801,80801,802,88 1,454,854,05
Almacenero801,80801,802,88 1,454,854,05
Listero801,80801,802,88 1,454,854,05
Vigilante801,80801,802,88 1,454,854,05
Especialista816,13806,132,88 1,454,854,05
Peón Especializado805,81805,812,88 1,454,854,05
Limpiador/a793,86793,862,88 1,454,854,05
Conductor Limpiador816,14816,142,88 1,454,854,05
Oficial de Oficios Varios816,14816,142,88 1,454,854,05
Ayudante807,80807,802,88 1,454,854,05
Peón793,86793,862,88 1,454,854,05
Trabajador de 16 a 18 años793,86793,862,88 1,454,854,05
Aprendiz Admón.793,86793,862,88 1,454,854,05
*J.P. (Jornada Partida) *J.C. (Jornada Completa)

4
Vacaciones

El personal tendrá derecho al disfrute de unas vacaciones anuales retribuidas de 31 días naturales ininterrumpidos. No obstante, los trabajadores que así lo deseen podrán fraccionar sus vacaciones en dos periodos de tiempo, uno de ellos dentro del periodo estival de julio a septiembre y el otro fuera de este periodo.

Las vacaciones se empezarán a disfrutar en día laboral y el calendario de las mismas será elaborado entre la empresa y los representantes legales de los trabajadores/as en los tres primeros meses de cada año natural.

El periodo vacacional será el comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de cada año, siempre que las vacaciones sean rotativas para los trabajadores/as, con la única salvedad que por Ley tienen reconocidas los trabajadores/as con hijos en edad escolar.

5
Seguro laboral

Las empresas afectadas por el presente convenio concertarán un seguro individual o colectivo que garantice a sus trabajadores/as la percepción para sí o sus beneficiarios de la cantidad de 19.000,00 euros, en los supuestos de fallecimiento, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, derivadas de accidentes de trabajo o enfermedad profesional.

Las empresas estarán obligadas a entregar a los Representantes de los Trabajadores/as copia en vigor de la Póliza de Seguro, o en su defecto a los propios trabajadores/as. Dicho seguro entrará en vigor al mes de publicarse el presente convenio en el Diario Oficial de Extremadura.

6
Modificación sustancial de condiciones de trabajo

Cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o productivas podrán acordarse modificaciones substanciales de las condiciones de trabajo.

Las modificaciones colectivas se establecerán siempre por acuerdo entre el empresario y la representación legal de los trabajadores/as en la empresa y en la medida en que esté permitida por la Legislación y por el convenio. Las modificaciones individuales serán comunicadas previamente a los representantes legales de los trabajadores y/o delegados sindicales y a falta de representación a los propios trabajadores/as.

Convenio Colectivo de Trabajo del sector de Limpieza de edificios y locales de la provincia de Badajoz. 2021-2024. Descargar PDF

ACTUALIZACIÓN. Nueva redacción del artículo 28, referido a Permisos Retribuidos

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