Lo que debes saber
RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO
1Ámbito de Aplicación y Duración
El presente Convenio Colectivo de Fabricación de Papel y Cartón de Gipuzkoa es de obligado cumplimiento para todas las Empresas y Centros de Trabajo pertenecientes al sector de la Fabricación de Pastas, Papel y Cartón de la Provincia de Gipuzkoa.
El presente Convenio Colectivo Básico, tiene una vigencia indeterminada. Los anexos tendrán ultractividad indefinida, sin perjuicio de la vigencia concreta de los acuerdos anuales alcanzados en materia salarial en los anexos II a VIII que estará limitada a una vigencia desde el 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2025.
Además prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.
2Jornada y Descansos
Como regla de carácter general, la jornada pactada se llevará a cabo de forma que se trabajen 8 horas diarias de lunes a
viernes.
En aquellas Empresas en que esté implantado el sistema de Non Stop serán días de paro el 1 de enero, 1 de mayo y
24, 25 y 31 de diciembre. Estos días de paro se establecen a título indicativo pudiendo fijarse otros 5 días distintos por acuerdo entre las partes.
Los/as trabajadores/as que realicen su actividad durante un periodo superior a 5 horas diarias continuadas, y por la índole de su trabajo no puedan descansar los 20 minutos, percibirán una compensación económica.
3Salario
El Salario Convenio, así como las Gratificaciones Extraordinarias (anexo III), Antigüedad (anexo IV), Plus de Toxicidad y Plus de Nocturnidad (anexo V), son los fijados en los diferentes anexos y para los períodos previstos en los mismos. (Ver PDF completo)
Las retribuciones mínimas garantizadas en los sistemas de trabajo Non-Stop y Correturnos, son los fijados en él anexo VI,
y para el período previsto en el mismo.
Las cantidades totales que en concepto de Non-Stop y Correturnos haya percibido el/la trabajador/a en el año anterior al
período previsto en el anexo VII, se incrementarán en el porcentaje fijado en el mismo.
4Vacaciones
Las vacaciones retribuidas para todo el personal que se rija por este Convenio, serán de 30 días naturales, de los cuales al
menos 26 serán laborables, que se disfrutarán preferentemente en verano y de forma rotativa entre el personal, en el supuesto de que la Empresa no cese sus actividades productivas.
Son días laborables los que así constan en el calendario de fiestas laborables del año para la provincia.
El personal que ingrese o cese en el transcurso del año tendrá derecho a la parte proporcional de las vacaciones según el número de meses trabajados, computándose como mes completo la fracción del mismo.
5Lucha contra el consumo de alcohol y drogas
Las empresas comparten la necesidad de luchar contra el consumo de alcohol y drogas en el ámbito laboral, ya que además de una disminución de las facultades físicas y psíquicas en los individuos, conlleva un incremento en el riesgo de accidentes, tanto para el individuo como para sus compañeros/as de trabajo.
Por ello, las empresas promoverán, en colaboración con la representación legal de los trabajadores/as, acciones de prevención de drogodependencias y de promoción de deshabituación de fumar, siempre que las personas afectadas y sus representantes muestren un vivo y sincero interés en su abordaje.
6Ropa de trabajo
Las Empresas facilitarán a sus trabajadores/as buzos, monos, petos, batas o prendas análogas, siempre en número de dos, adecuadas a las funciones que realicen y calzado de seguridad a quien lo precise.
Al personal que trate ácidos y otras materias corrosivas, se les proveerá de equipos adecuados a su cometido, y a quien trabaje a la intemperie o en sitios húmedos, de ropa impermeable y de calzado antihumedad lo más cómodo o ligero posible.