Convenio colectivo estatal de centros de enseñanza privada. 2023

RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO

1
Ámbito de Aplicación y Duración

El presente XI Convenio Colectivo nacional de centros de enseñanza privada de régimen general o enseñanza reglada sin ningún nivel concertado ni subvencionado, afecta a los Centros de Enseñanza Privada, o centros no concertados, cualesquiera que sean el carácter y nacionalidad de la entidad titular en los que se impartan alguna de las siguientes actividades educativas: Educación Infantil (integrada); educación Primaria; educación Secundaria Obligatoria; bachillerato; formación Profesional del sistema educativo.

Su duración será de tres años, abarcando 2021, 2022 y 2023.

Además prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.

2
Jornada y Descansos

Para el personal docente, la jornada lectiva semanal quedará referenciada en 27 horas. Así mismo, el centro dispondrá de 237 horas complementarias al año, que se podrán distribuir a lo largo del mismo por el titular, en atención a las especiales características y necesidades del centro, no pudiendo exceder la jornada diaria de 8 horas, incluidas las horas lectivas.

También el personal docente dedicará otras cincuenta horas al año para formación, reciclaje y actualización de conocimientos a desarrollar en el centro o en cualquiera de los centros en los que se impartan planes de formación concertados por las partes firmantes del Convenio Colectivo. La realización de dicha jornada formativa se realizará de acuerdo con la empresa.

Siempre respetando el cómputo semanal lectivo contratado y los cómputos anuales establecidos en este Convenio, atendiendo a la organización y necesidades de la empresa, la dirección del centro podrá trasvasar horas lectivas en complementarias, y viceversa.

Previo acuerdo entre empresa y trabajador, la jornada laboral anual podrá ser incrementada en un máximo de 90 horas, que no tendrán el carácter de horas extraordinarias, siendo de libre oferta y de voluntaria aceptación, dándose preferencia a los contratados a tiempo parcial. Tales horas se retribuirán adicionalmente, tomando como referente el precio de la hora ordinaria establecida en este Convenio.

3
Salarios

Educación InfantilBase (15) – EurosProduct. (11) – EurosC. Temp. Cargo (15) – EurosC. Dedicación (15) – EurosTotal – EurosCPP (15) – Euros
Director.1.468,6366,27268,76112,4128.476,1172,22
Subdirector.1.468,6466,27258,54112,4128.322,9469,55
Profesor titular.1.468,6366,27 112,4124.444,6550,55
Educador de Infantil.978,1755,59 112,4116.970,1647,27
Instructor.975,7845,25 112,4116.820,6443,99
Primaria/Primer Ciclo de la ESOBase (15) – EurosProduct. (11) – EurosC. Temp. Cargo (15) – EurosC. Dedicación (15) – EurosTotal – EurosCPP (15) – Euros
Director.1.468,6366,27268,76112,4128.476,1172,22
Subdirector.1.468,6466,27258,54112,4128.322,9469,55
Jefe de Estudios.1.468,6366,27223,77112,4127.801,1668,52
Jefe de Departamento.1.468,6366,27199,05112,4127.430,3566,68
Profesor titular.1.468,6366,27 112,4124.444,6550,55
Profesor adjunto, ayudante o auxiliar.1.178,8053,92 112,4119.961,2740,65
Instructor.1.071,9449,34 112,4118.308,0040,65
2.º Ciclo Eso/ BachilleratoBase (15) – EurosProduct. (11) – EurosC. Temp. Cargo (15) – EurosC. Dedicación (15) – EurosTotal – EurosCPP (15) – Euros
Director.1.544,7871,79391,45112,4131.519,2894,22
Subdirector.1.544,7871,79344,02112,4130.807,7491,05
Jefe de Estudios.1.544,7971,79330,78112,4130.609,4288,41
Jefe de Departamento.1.544,7971,79279,37112,4129.838,1785,86
Profesor titular.1.544,7871,79 112,4125.647,5163,33
Profesor adjunto, ayudante o auxiliar.1.458,8768,53 112,4124.323,1452,76
Profesor adjunto de taller o laboratorio.1.433,8367,57 112,4123.937,0152,05
Instructor.1.317,9163,19 112,4122.149,8750,90
Ciclos Formativos de Grado MedioBase (15) – EurosProduct. (11) – EurosC. Temp. Cargo (15) – EurosC. Dedicación (15) – EurosTotal – EurosCPP (15) – Euros
Director.1.457,7167,55316,93112,4129.048,8573,75
Subdirector.1.457,7166,06293,92112,4128.687,3173,02
Jefe de Estudios.1.457,7166,06271,24112,4128.347,0770,23
Jefe de Departamento.1.457,7066,06248,46112,4128.005,2468,37
Profesor titular / Titular de taller o laboratorio.1.457,7166,06 112,4124.278,5448,53
Profesor adjunto, ayudante o auxiliar.1.205,5750,54 112,4120.325,6443,50
Instructor.1.069,0542,11 112,4118.185,1439,29
Ciclos Formativos de Grado SuperiorBase (15) – EurosProduct. (11) – EurosC. Temp. Cargo (15) – EurosC. Dedicación (15) – EurosTotal – EurosCPP (15) – Euros
Director.1.513,0871,06381,66112,4130.888,9091,40
Subdirector.1.513,0871,06334,79112,4130.185,7687,72
Jefe de Estudios.1.513,0971,06323,32112,4130.013,9086,70
Jefe de Departamento.1.513,0971,06272,54112,4129.252,3182,69
Profesor titular / Titular de taller o laboratorio.1.513,0871,06 112,4125.163,9860,97
Profesor adjunto, ayudante o auxiliar.1.404,8766,12 112,4123.486,4850,21
Instructor.1.291,7360,93 112,4121.732,3449,05

4
Vacaciones

Todas las personas trabajadoras afectadas por este Convenio tendrán derecho a disfrutar por cada año completo de servicio activo, una vacación retribuida de un mes, preferentemente en verano, teniendo en cuenta las características del Centro y las situaciones personales de cada trabajador, o a los días que en proporción les corresponda, si el tiempo trabajado fuera menor.

Todo el personal de los centros afectados por este Convenio tendrá derecho a disfrutar de vacación en cinco jornadas de las señaladas como laborables por el calendario oficial establecido en el ámbito territorial de la administración laboral competente, preferentemente y a ser posible durante el período estival, y siempre garantizándose el normal funcionamiento del centro educativo.

5
Incapacidad temporal

En los supuestos de incapacidad temporal, y durante los tres primeros meses, se abonará al trabajador el complemento necesario para alcanzar el 100 por 100 de su base reguladora. En caso de declaración de IT por accidente de trabajo, se continuará abonando al trabajador afectado el mencionado complemento un mes más por cada tres años de antigüedad en la empresa.

6
Pagas extras

Anualmente, las personas trabajadoras comprendidas en el ámbito de aplicación del presente convenio percibirán, como complemento periódico de vencimiento superior al mes, tres gratificaciones extraordinarias, equivalentes cada una de ellas a una mensualidad del salario base, complemento perfeccionamiento profesional, complemento para la finalización del Bachillerato y complemento temporal por cargo del gobierno, si los hubiere.

Se harán efectivas antes del 1 de julio y del 22 de diciembre y, la 3.ª, dentro del año natural y correspondiente al mismo.

De común acuerdo entre el titular del Centro y las personas trabajadoras podrá acordarse el prorrateo de las tres gratificaciones extraordinarias entre las doce mensualidades, caso de que no se viniese realizando hasta la fecha.

XI Convenio colectivo nacional de centros de enseñanza privada de régimen general o enseñanza reglada sin ningún nivel concertado ni subvencionado. 2021-2023. Descargar PDF

ACTUALIZACIÓN 2-6-2023. Tablas Salariales para el 2023

Destacado

Errores en el catastro: cuando un inmueble está mal representado

Lo que debes saberInscripciones en el Registro de la...

Reclamación de daños y perjuicios y extensión de la indemnización por responsabilidad civil

La indemnización tiene como objetio restaurar la situación previa a la ocurrencia del daño, garantizando que el perjudicado no sufra pérdidas

Las actuaciones y procedimientos de comprobación censal de Hacienda

a Agencia Tributaria puede llevar a cabo la comprobación censal a través de la inspección física y documental de hechos y circunstancias.

Arrendatario con discapacidad y adaptación de la vivienda alquilada

El arrendatario con discapacidad tiene el derecho a realizar las obras o modificaciones necesarias para adaptar su vivienda.
Lo más leido

Período trabajado no aparece en la vida laboral

En estos casos, el trabajador se enfrenta a perjuicios en futuras prestaciones, ya que el período trabajado no aparece en la vida laboral.

Despido improcedente sin pasar por SMAC

La duda que tengo es si se puede hacer el despido improcedente sin pasar por SMAC. ✓ Respuesta Abogado: aunque haya acordado improcedencia

He vendido mi coche y estoy recibiendo multas del comprador

He vendido mi coche y estoy recibiendo multas del comprador. ✓Respuesta Abogado: Acuda con el contrato de compraventa

Despido de trabajadora embarazada en periodo de prueba: ¿es nulo?

Han despedido a mi mujer durante el periodo de prueba y está embarazada de 3 meses. ✓Respuesta Abogado: la nulidad objetiva

Periodo de prueba en una empresa en la que ya he trabajado antes

Me quieren poner un periodo de prueba en una empresa en la que ya he trabajado antes. ✓Respuesta Abogado: será nulo el pacto que establezca

Convenio colectivo del sector de Grandes Almacenes. 2023-2026

Convenio colectivo del sector de Grandes Almacenes. 2023 ✓ Lo que debes saber. Ver el Resumen o descargar PDF completo.

Convenio Colectivo de Futbol Femenino. 2023

Convenio Colectivo de Futbol Femenino. 2023 ✓ Lo que debes saber. Ver el Resumen o descargar PDF completo.

Convenio Colectivo de Contact Center. Telemarketing. 2023

Convenio Colectivo de Contact Center 2022. (Telemarketing). ✓ Lo que debes saber. Ver el Resumen o descargar PDF completo.