RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO
1Ámbito de Aplicación y Duración
El presente Convenio Colectivo de centros y servicios veterinarios regula las relaciones de trabajo en las empresas que realicen actividades de asistencia a los animales en Centros y Servicios Sanitarios Veterinarios o fuera de ellos, ya sean personas físicas o jurídicas, mercantiles, benéficas o sin ánimo de lucro, comprendiendo las fundaciones, reguladas de conformidad con el artículo 1.2 del estatuto de los trabajadores.
Su vigencia estaba prevista del 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022. No obstante, ha sido prorrogado y permanece vigente en 2023.
Prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.
2Jornada y Descansos
La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 1.780 horas en cómputo anual, ya sea en turno partido o continuo. Se establece la no distribución irregular de la jornada a lo largo del año.
Se considerará tiempo de trabajo los servicios prestados fuera del centro de trabajo, siempre que se produzcan como consecuencia del modelo de organización asistencial o deriven de la programación funcional del centro. En este caso el tiempo invertido en los desplazamientos se considerará como tiempo efectivamente trabajado.
Se entiende por jornada partida aquella en que exista un descanso ininterrumpido de una hora de duración como mínimo. En ningún caso se podrá fraccionar en más de dos períodos.
Se considera trabajo nocturno el realizado entre las veintidós horas y las seis horas del día siguiente.
3Salario
Año 2022 | Niveles | Categorías profesionales | Salario base mensual | Complemento puesto de trabajo | Complemento de disponibilidad (jornada) | P.P. Pagas extras (2 pagas) | Salario anual | Hora ordinaria | Hora extraordinaria | |||
Grupo I – personal sanitario. | Nivel I. | Personal Veterinario Director. | 1.352,52 € | 432,81 € | 7,00 € | 297,56 € | 24.994,68 € | 14,04 € | 21,06 € | |||
Personal Veterinario Generalista. | 1.352,52 € | 108,20 € | 7,00 € | 243,45 € | 20.450,04 € | 11,49 € | 17,24 € | |||||
Personal Veterinario Supervisado. | 1.352,52 € | 0,00 € | 7,00 € | 225,42 € | 18.935,28 € | 10,64 € | 15,96 € | |||||
Nivel II. | Personal Técnico Especialista en Laboratorio. | 1.196,46 € | 47,86 € | 7,00 € | 207,39 € | 17.420,52 € | 9,79 € | 14,69 € | ||||
Personal Técnico Especialista en Radiodiagnóstico. | 1.196,46 € | 47,86 € | 7,00 € | 207,39 € | 17.420,52 € | 9,79 € | 14,69 € | |||||
Nivel III. | Personal Auxiliar Clínico de Veterinaria. | 1.092,42 € | 20,81 € | 7,00 € | 185,54 € | 15.585,24 € | 8,76 € | 13,14 € | ||||
Año 2022 | Niveles | Categorías profesionales | Salario base mensual | Complemento puesto de trabajo | Complemento de disponibilidad (jornada) | P.P. Pagas extras (2 pagas) | Salario anual | Hora ordinaria | Hora extraordinaria | |||
Grupo II – personal no sanitario. | Nivel I. | Personal Titulado Superior. | 1.352,52 € | 108,20 € | 243,45 € | 20.450,04 € | 11,49 € | 17,24 € | ||||
Nivel II. | Personal Administrativo. | 1.196,46 € | 47,86 € | 207,39 € | 17.420,52 € | 9,79 € | 14,69 € | |||||
Nivel III. | Personal AdiestradorEducador canino. | 1.092,42 € | 0,00 € | 182,07 € | 15.293,88 € | 8,59 € | 12,89 € | |||||
Personal Peluquero de animales de compañía. | 1.092,42 € | 0,00 € | 182,07 € | 15.293,88 € | 8,59 € | 12,89 € | ||||||
Personal Auxiliar Administrativo. | 1.092,42 € | 0,00 € | 182,07 € | 15.293,88 € | 8,59 € | 12,89 € | ||||||
Nivel IV. | Personal de Limpieza. | 1.040,40 € | 0,00 € | 173,40 € | 14.565,60 € | 8,18 € | 12,27 € | |||||
Personal de Servicios Generales. | 1.040,40 € | 0,00 € | 173,40 € | 14.565,60 € | 8,18 € | 12,27 € | ||||||
Dieta Media. | 20,40 € | |||||||||||
Dieta Completa. | 56,10 € | |||||||||||
Complemento de disponibilidad (por jornada). | 7,00 € | |||||||||||
Complemento de festividad. | 20,00 € | |||||||||||
Complemento de festividad especial. | 50,00 € | |||||||||||
Hora extraordinaria. | 150,00% del valor de la hora ordinaria | |||||||||||
Hora de jornada continuada. | 100,00% del valor de la hora ordinaria | |||||||||||
Hora de jornada continuada en periodo de disponibilidad. | 150,00% del valor de la hora ordinaria | |||||||||||
Complemento de nocturnidad. | 25,00% del valor de la hora ordinaria |
4Vacaciones
Anualmente, la persona trabajadora tendrá derecho a unas vacaciones retribuidas cuya duración será de 30 días naturales, o el tiempo que proporcionalmente corresponda en función del tiempo de servicios prestados.
Las vacaciones se disfrutarán de forma preferente entre los meses de junio, julio, agosto y septiembre, salvo en aquellos centros cuya carga de trabajo se concentre en este periodo de tiempo.
El período de vacaciones anuales sólo podrá ser sustituido por una compensación económica en el caso de finalización de la prestación de servicios. El inicio o finalización de las vacaciones no podrá coincidir con el día de descanso semanal o festivo.
5Movilidad funcional
La movilidad funcional para la realización de funciones, tanto superiores como inferiores, no correspondientes al grupo profesional sólo será posible si existen, además, razones técnicas u organizativas que la justifiquen y por el tiempo imprescindible para su atención. La empresa deberá comunicar su decisión y las razones de ésta a la representación legal del personal.
6Complemento por accidente laboral
En caso de accidente laboral, a partir de los 30 días de la baja, la empresa abonará a la persona trabajadora el 100% de la base reguladora del mes anterior a la baja.
7Kilometraje y dietas
Se establece la cantidad de 0,19 Euros por kilómetro para las personas trabajadoras que usen vehículos propios en sus desplazamientos al servicio de la empresa.