RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO
1Ámbito de Aplicación y Duración
El presente Convenio Colectivo de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación AGAUR, ha sido negociado por la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias (en adelante DEX-AGAUR) y por los representantes del Comité de Empresa que corresponden a las secciones sindicales de IAC-CATAC e INTERSINDICAL-CSC (en adelante RT ).
Entra en vigor en fecha 27 de mayo de 2022 y tiene una vigencia de 3 años, abarcando 2023 y 2024.
Además prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.
2Jornada y Descansos
El tiempo de trabajo de acuerdo con la normativa fijada por la Generalidad de Cataluña es de 37,5 horas semanales o el tiempo proporcional en caso de que haya días festivos entre semana o por personas acogidas a la reducción de jornada.
El personal podrá elegir anualmente, del 1 al 10 de septiembre, acogerse a la modalidad de jornada ordinaria continuada o partida. Con el consentimiento de la dirección del área.
En todas las modalidades, el horario de permanencia obligatoria es de 9:00 a 13:30 h excepto en el caso de las personas que realizan jornadas reducidas, en las que este horario será proporcional a la reducción. El resto de la jornada se puede realizar en el horario flexible de 7:45 a 19:00 horas.
No se pueden realizar más de 7 horas y 30 minutos de forma continua. En este caso se realizará una pausa mínima de 30 minutos. Después de la pausa del mediodía establecida, la permanencia mínima por la tarde es de 1 hora y la jornada diaria total no puede superar las 9 horas y 30 minutos.
3Salario
Grup professional | Nivell professional | Retribució mensual |
VII | 7.1 | 2.274,49 |
VI | 6.3 | 2.259,73 |
VI | 6.2 | 1.987,60 |
VI | 6.1 | 1.806,18 |
V | 5.2 | 1.711,20 |
V | 5.1 | 1.595,23 |
IV | 4.3 | 1.631,37 |
IV | 4.2 | 1.389,39 |
IV | 4.1 | 1.268,54 |
III | 3.4 | 1.255,99 |
III | 3.3 | 1.029,21 |
III | 3.2 | 1.028,05 |
III | 3.1 | 846,60 |
II | 2.3 | 839,19 |
II | 2.2 | 703,14 |
II | 2.1 | 567,07 |
I | 1.4 | 541,94 |
I | 1.3 | 451,22 |
I | 1.2 | 360,50 |
I | 1.1 | 269,80 |
4Vacaciones
El período de vacaciones se fija en 22 días laborables (de lunes a viernes), que se pueden disfrutar en diferentes períodos. Un período de, como mínimo, 10 días laborables de forma continuada, otro período de, como mínimo, 5 días laborables de forma continuada, y estos períodos no se pueden disfrutar conjuntamente con asuntos personales ni con los diferentes permisos previstos en el Convenio.
Los 7 días restantes pueden disfrutarse durante todo el año, fraccionar en función de cada necesidad, y disfrutar de forma conjunta con los diferentes permisos previstos en el Convenio.
5Bolsa de horas
Se establece una bolsa de 42,5 horas anuales recuperables en jornada ordinaria. Se establecen 30 horas para el cuidado de hijos menores de edad, de personas mayores, y de personas con capacidades diferentes y 12,5 horas anuales en jornada ordinaria, que serán de flexibilidad horaria recuperable, por asuntos personales sin justificación y supeditadas a las necesidades de los servicios.
34.2. La bolsa de horas no sustituye, en ningún caso, los permisos y licencias existentes en esta materia con carácter general en la Administración de la Generalidad de Cataluña.
6Excedencia voluntaria por cuidado de un hijo o hija
La excedencia voluntaria para el cuidado de un hijo o hija podrá solicitarse en cualquier momento a partir del nacimiento o sentencia o resolución judicial de constitución de la adopción o acogimiento.
Esta excedencia tiene una duración máxima de 3 años, a contar desde la fecha del nacimiento o de la sentencia o la resolución judicial en el caso de acogimiento o adopción.
El período de excedencia computa a efectos de reconocimiento de trienios. Asimismo, durante todo el período de excedencia, la persona afectada tiene derecho a la reserva del mismo puesto de trabajo. Sin embargo, si la persona afectada tiene contrato de duración determinada, conserva los derechos generales sobre éste hasta la finalización del contrato.
7Póliza de seguros
La Agencia contratará una póliza de seguro por accidentes que comprenderá a todo el personal laboral incluido en el ámbito del presente Convenio. La agencia, previa autorización de la Subdirección de Riesgos y Seguros de la Generalidad de Cataluña, debe contratar con la entidad aseguradora de su elección una póliza de seguro que cubra durante las 24 horas del día y 365 días al año , los riesgos derivados de accidente (muerte, incapacidad absoluta y permanente, gran invalidez y asistencia sanitaria por accidente).
La Agencia debe hacer público a través de medios electrónicos internos el importe de las coberturas. Estos importes, de acuerdo con el arte. 28.4 LPG, están homogeneizados con los previstos para el personal laboral al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña.